/ Consejo de Vigilancia

Definición de: Consejo de Vigilancia

Este es un concepto de: Gobierno corporativo

El Consejo de Vigilancia es un órgano de control de la Sociedad, que actúa como fiscalizador de la Junta General, la gestión de riesgos y el cumplimiento de las normas internas, estatutos y reglas de carácter ético. Es un canal de información entre el Consejo de la Administración y los socios. Informa sobre la calidad de la gestión empresarial; el cumplimiento de políticas y procedimientos internos; y las medidas correctivas implementadas Este órgano de control sigue el reglamento y protocolo sobre el manejo de la información y presentación de informes. Presenta, como soporte, los documentos de cuentas anuales, cuentas consolidadas y reportes de Auditoria.

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